La posesión de armas en la sociedad española del siglo XVII estaba muy extendida. Varias razones motivaban este hecho. En primer lugar la difusión y aceptación de ciertos valores que asociaban la costumbre de portar espada con la condición hidalga, al margen del origen estamental de cada uno. Asimismo debemos tener en cuenta la inseguridad existente en calles y despoblados. La regulación de la posesión de armas era poco precisa, dispersa y tolerante. La ausencia de una fuerza policial organizada y efectiva completaba estas carencias inevitables y muy propias del Antiguo Régimen. Citaré, como ejemplo, algunos datos del reinado de Carlos II, obtenidos de distintos escribanos de Bailén, en el Reino de Jaén. Proceden de inventarios y escrituras de capital.
Comenzaré por Alonso de Aguilar Recena que tenía, en 1676, un aderezo de espada y daga. Martín Cobo Durillo, en el mismo año, era poseedor de "una espada y un tahalí". En 1677, Francisco Gámez Soriano declaró ser propietario de una espada y daga. Los honrados artesanos, como el odrero Bernabé Quesada, ceñían espada en 1682. En ese año, Juan Bernardo de la Fuente contaba con una espada y, además, con un coleto, prenda muy útil como protección, propia de soldados, cazadores y lidiadores; por su parte, Andrés de Aguilar inventarió "un adereço de espada y daga". En 1683, Melchor de Aguilar contaba entre sus bienes con otro equipo similar. Son dignos de mencionarse "un puñal de la zinta con un cuchillo pequeño", una espada y un sombrero, de Cristóbal de Godoy, según escritura de 1683. En ese año registró su espada Melchor de Muela. En 1684, Francisco de Aguilar decía tener una escopeta y una espada. Un caso especial es el de Francisco de Rus, también de 1684, que, quizás debido a su condición de alcalde ordinario, estaba muy bien pertrechado con una daga, una escopeta, un arcabuz y un mosquete. Sierra Morena estaba muy cerca y, en aquel tiempo, no era lugar para bromas.
Las espadas que he citado estaban valoradas entre los 19 y los 30 reales. Desconozco su calidad y procedencia. Quizás no eran las más adecuadas para la guerra o para espadachines reputados. Tampoco eran baratas si se tiene en cuenta el coste de un jornal de la época. El mosquete del alcalde ordinario, antes citado, valía 88 reales. Como tendremos ocasión de demostrar, estas armas no se llevaban de adorno.
viernes, 29 de julio de 2016
lunes, 25 de julio de 2016
NIEVE EN VERANO (1730)
La nieve era abasto obligado y de primera necesidad. La afición a enfriar las bebidas era muy del gusto de los españoles. Este hábito originaba apasionadas controversias médicas. El Concejo de Jaén mostraba un indiscutible desvelo para que la nieve no faltase en alhóndigas, casas particulares y botillerías, por lo que controlaba su precio y comercialización. Se consideraba una mercancía de primera necesidad y de universal consumo. El 24 de julio de 1730, el Cabildo municipal consideró la oferta de Francisco Muñoz, vecino de Jaén, que se comprometía a suministrar nieve a los vecinos entre inicios de mayo y el cuatro de octubre. El precio sería de cuatro maravedíes por libra hasta finales de julio y de seis desde esa fecha al final de la temporada, ya entrado el otoño. El aumento de precio venía motivado por la disminución de las reservas de nieve a medida que arreciaban los colares. Muñoz tenía la fineza de rebajar el precio de la nieve al estado eclesiástico de seis a cinco maravedíes. Bueno, no era sólo fineza sino también obligación, dadas las franquicias y exenciones del clero. Al Cabildo, con todo, le parecían altos los precios y no se decidía por autorizar dicho asiento. La nieve era transportada a lomos de caballerías desde los pozos y neverales que había en Sierra Mágina y otras alturas giennenses.
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